UNT APRUEBA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL

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Con Resolución N° 0238, el Consejo Universitario aprobó el Reglamento del Programa de Movilidad Estudiantil, el mismo que establece el procedimiento y las acciones que tienen que realizarse, así como los requisitos que deben observarse para la incorporación de estudiantes en el presente programa, cuyo propósito es que los estudiantes de la Universidad Nacional de Tumbes sigan estudios temporales, en otras universidades del país o del exterior, en áreas de su formación profesional, y además que estudiantes de universidades del país o del extranjero, sigan estudios temporales en la Universidad Nacional de Tumbes.

El reglamento establece como fines del Programa de Movilidad Estudiantil: Fortalecer la calidad de formación de los estudiantes, Promover la convivencia y el intercambio cultural con estudiantes de otras universidades del ámbito nacional e internacional, durante el proceso de formación académica; establece además que la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional conjuntamente con la Oficina General de Coordinación y Desarrollo Académico, son las dependencias responsables de gestionar, promover y difundir las actividades de movilidad estudiantil.

Asimismo, considera como funciones de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional, el ampliar y mantener las relaciones de la Universidad con las universidades nacionales e internacionales para lograr y desarrollar convenios que incluyan acciones de movilidad estudiantil, además de gestionar recursos de la Cooperación Técnica Internacional para apoyar el fortalecimiento del programa.

Como funciones de la Oficina General de Coordinación y Desarrollo Académico se mencionan: orientar a las facultades y estudiantes sobre requisitos, condiciones y procedimientos para acceder al programa, entre otras.

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