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Secretaria Académica  
 
 
 
 
 
Hoy es Sábado 04 de Febrero de 2012-

 

REGLAMENTO DEL CONSULTORIO JURIDICO GRATUITO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES

CAPITULO I
GENERALIDADES

Art.1º .-El Consultorio Jurídico  Gratuito es parte integrante de la Facultad de Derecho  y Ciencias Sociales ,
 
Art.2º .- El Consultorio Jurídico Gratuito, tiene como fines complementar  la formación académica de los estudiantes  en los últimos años de Derecho, cumplir una función social de la Universidad Nacional de Tumbes a la comunidad prestando un  servicio gratuito  y eficiente a las personas de escasos recursos  económicos  debidamente acreditados.,el mismo que será  asesorado en forma integra por los alumnos, con el apoyo de la plana docente  de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

Art.3  .-El  domicilio de la sede principal del Consultorio Jurídico Gratuito  estará ubicado dentro del    radio urbano de la ciudad de Tumbes .

OBJETIVO  ESPECIFICO

Brindar Asesoría Jurídica  en los procesos: Inscripción y Rectificación de partidas, Titulo Supletorios. Sucesión Intestada, alimentos, Omisión a la Asistencia Familiar Violencia  Familiar, Divorcios, Violación  Sexual de menores, asuntos de carácter administrativo en las diferentes Instituciones Publicas del Estado

CAPITULO II
DE LA DIRECCIÓN

Art.4  .-La  organización  y conducción del Consultorio Jurídico Gratuito estará a cargo de un Director, quien será designado por el Decano de la Facultad ,debiendo ser un  docente ordinario en la categoría mínima de auxiliar  de  la facultad independientemente  de su condición.

Art.5  .- El  Director  es el responsable del Consultorio Jurídico Gratuito .
               Tiene las siguientes atribuciones y obligaciones :

  1. Cumplir el presente Reglamento, las demás normas que orientan la vida institucional de nuestra Universidad y los acuerdos adoptados con los demás miembros del Consultorio Jurídico Gratuito; esto es , el Secretario y los Profesores – Asesores .
  2. Dirigir las actividades  académicas  y  administrativas   del Consultorio Jurídico Gratuito.
  3. Presentar para su aprobación, al Decano de la Facultad , los presupuestos y planes operativos  anuales de funcionamiento del Consultorio Jurídico Gratuito y su memoria anual.
  4. Refrendar los certificados y demás documentos expedidos  por el Consultorio Jurídico Gratuito.
  5. Coordinar con las distintas instituciones extra universitarias ( Poder Judicial, Ministerio Público, Gobierno Regional y Municipalidades  etc ). para cumplir a cabalidad con los fines señalados en el Art. 2°  del presente reglamento, mediante la preparación de acuerdos  y convenios .
  6. Las demás que la Ley, el presente Reglamento y la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas le otorguen.

CAPITULO III
DE LOS PROFESORES

Art.6 .- El ejercicio de la docencia en el Consultorio Jurídico Gratuito implica el desempeño de funciones de apoyo a los alumnos para el asesoramiento  de procesos, investigación, proyección  social, capacitación permanente, producción intelectual  y otras de acuerdo  con los principios y fines de la Universidad en general y de este Consultorio Jurídico Gratuito en particular.

Art.7 .-  Los docentes  brindarán   asesoramiento en las distintas especialidades  a los alumnos matriculados en la Prácticas internas dirigidas que  realizaran en los dos  últimos años de la carrera.

Art.8.- Los docentes asignados  para la asesoría en el Consultorio, desarrollarán sus actividades  respetando los horarios señalados por la Dirección  del Consultorio Jurídico Gratuito, debiendo registrar obligatoriamente  su asistencia en las fichas correspondientes.

Art.9.- Los docentes contarán con el apoyo  logístico y  los útiles de escritorio suficientes para el mejor desarrollo de sus actividades académicas, así como de los recursos bibliográficos  a utilizarse en el Consultorio Jurídico Gratuito.

Art.10.-  El docente que orienta las acciones – demandas o denuncias está obligado a autorizarlas y supervisar su desarrollo; y a evaluar el desempeño de  sus asesorados para el otorgamiento de la certificación, salvo que se suscitaré diferencias de criterios entre el estudiante y el docente, en tal situación la resolverá el Director.

Art.11.- Los horarios, que deben de cumplir los profesores  que asesoren  a los estudiantes  en el cumplimiento de esta función  académica –social, serán estructurados por la Dirección  en coordinación con el Departamento Académico.

CAPITULO I
DEL SECRETARIO

Art.12.-  La función del Secretario del Consultorio Jurídico Gratuito, será ocupado por un Abogado  que cuente con experiencia en el ejercicio de la defensa en un mínimo de 03 años, el que será designado el Decano de la Facultad a  sugerencia del Director.

Art.13.-  El secretario del Consultorio Jurídico Gratuito  tiene las siguientes atribuciones y obligaciones:
              

  1. Mantener al día el Despacho. recepcionar y tramitar los documento que ingresen al Consultorio Jurídico Gratuito..
  2. Acudir a las sesiones que convoque la dirección del Consultorio, para tomar razón de los acuerdos  que se adopten.
  3. Emitir las credenciales correspondientes a los alumnos.
  4. Administrar todos los recursos  materialmente necesarios para la realización  óptima de las actividades del Consultorio Jurídico Gratuito. Al  concluir cada semestre, levanta el inventario correspondiente
  5. Llevar el registro  de los procesos, archivo  y toda  la documentación del Consultorio.
  6. Administrar  y conducir al personal administrativo del Consultorio Jurídico  Gratuito.
  7. En forma supletoria , brindará su asesoramiento  en los casos que patrocinen  los estudiantes .
  8. Refrendar conjuntamente con el Señor Director, los certificados y demás  documentos que la Dirección le indique

CAPITULO V
DE LOS ESTUDIANTES

Art.14.- Los estudiantes  usaran los recursos bibliográficos  y logísticos que cuente el Consultorio Jurídico con  el debido cuidado y ponderación del caso.

Art.15.-  Los estudiantes tienen derecho a recibir todos los recursos materiales necesarios para la mejor realización de sus prácticas pre-profesionales.

Art.16.- Los estudiantes  a partir del X ciclo obligatoriamente patrocinarán  03 casos de distinta materia desde el inicio y como mínimo hasta  la primera instancia en la que se le permita  su participación  o de ser el caso en compañía del profesor asesor, como requisito para solicitar el examen de abogado.

Art.17.- Los estudiantes  al término de sus prácticas recibirán  la certificación  correspondiente,  previa evaluación de asesore  la misma que será refrendada por el Director y el Secretario.

Art.18.-  Los estudiantes deberán  portar un carné autorizado  por el Director del Consultorio Jurídico Gratuito, que los identifique ante las Autoridades  pertinentes como practicantes  del Consultorio y estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales

Art.19º.-  Los estudiantes del Consultorio Jurídico Gratuito acudirán a las actividades que se programen ante las entidades públicas y/o privadas   que signifiquen relación  con el mundo jurídico  alternativamente con la promoción humana de los grupos sociales.

Art.20º.-  Los estudiantes deben contribuir al prestigio del Consultorio Jurídico Gratuito desempeñando  sus practicas   con  lealtad  a la Justicia. Ética  y al Derecho.
Art.21º.-  Los estudiantes deben contribuir con responsabilidades a mantener el orden y la seguridad de los locales donde se realizan las prácticas programadas.

Art.22º.-  Los estudiantes que contravengan  el presente reglamento serán acreedores  a las sanciones previstas en la normatividad universitaria  y de la Facultad vigentes.

                                             CAPITULO VI
                                     DE LAS ACTIVIDADES

Art.23º.- El Consultorio Jurídico Gratuito, organiza las siguientes actividades: Talleres, Conferencias, Conversatorios, Seminarios y visitas a las instituciones de índole Jurídico – Social.

Art.24º.- Los talleres permiten conducir procesos, desde el punto de vista práctico, en cuyo desarrollo se utilizarán las tecnologías usadas en  el ámbito jurídico contemporáneo.

Art.25º.- Las conferencias, estarán a cargo de profesionales peruanos o extranjeros que hayan sido invitados especialmente.

Art.26º.- Los Conservatorios Institucionales reúnen experiencias de los docentes  y/o estudiantes y se refieren al intercambio de ideas con relación  con un tema de interés general  y que haya sido debidamente propuesto. Serán dirigidos por los docentes contando con la participación 

Art 27.-  Los seminarios  cumplen sus objetivos programados para discutir un tema o temas  de índole jurídica, cuyos estudios y análisis se hayan realizado con anticipación.

Art. 28.- Las visitas  tienen por objeto  conocer las organizaciones  e instituciones que permitan la ejecución  del sistema jurídico y están dirigidas a las autoridades del sistema judicial,  los Gobiernos Regionales,  municipalidades, Asentamientos Humanos, y Defensorìa del Pueblo.   

Art.29.- El consultorio Jurídico Gratuito por intermedio de la Dirección se encarga de  promover, diseñar y organizar convenios con otras instituciones, para el mejor servicio de la comunidad

Art.30.- Por las actividades que se cumplan .como consecuencia de los convenios suscritos y de los certámenes académicos en los que participan los estudiantes, deberán presentar su respectivo informe.

Art. 31.-El asesoramiento y concurrencia  a audiencias u otras diligencias por parte de los profesores- asesores se darán  en el ámbito del Distrito de Tumbes. Los casos que se presenten en las provincias aledañas, solamente serán atendidas en
forma  excepcional  y con la anuencia del profesor  -asesor encargado del área
especifica , siempre y cuando se cuenten con los recursos materiales suficientes.

CAPITULO VII
DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- Cualquier caso que no este contemplado en el presente reglamento, será  resuelto por la Dirección del Consultorio Jurídico Gratuito,  y si amerita, por  el Decano  de la  facultad.

SEGUNDA. Para la aplicación de las normas expuestas, la  Coordinación Académica  emitirá las Directivas necesarias, que irán haciendo  cuerpo  con las disposiciones del presente reglamento

TERCERA.  Los gastos de implementación y funcionamiento del Consultorio Jurídico, correrá a cargo del la Universidad Nacional de Tumbes, debiendo designar un presupuesto anual para su funcionamiento.

MATERIALES  Y EQUIPO PARA LA IMPLEMENTACION DE L CONSULTORIO JURIDICO

EQUIPAMIENTO
01                              ESCRITORIO
01                              SILLA
02                              COMPUTADORAS PENTIUN  (4)
02                              IMPRESORAS   MATRICELES
02                              U.P.C.
02                              ESTANTES
02                              VENTILADORES
02                              VITRINAS DE PUBLICACION
01                              JUEGO DE MUEBLES DE   ESPERA
02                              CREDENSAS
01                              TELEFONO
01                              FAX
01                              ESCANER

BIBLIOGRAFIA
- SUSCRIPCION DE  GACETA   JURIDICA
- SUSCRIPCION DEL DIARIO EL PERUANO

LIBROS BASICOS
01                              CODIGO CIVIL
01                              CODIGO PROCESAL
01                              CODIGO PENAL
01                              CODIGO PRCOESAL PENAL
01                              PROCESAL PENAL
01                              PRECESAL CONSTITUCIONAL
01                              CODIGO DEL NIÑO Y DEL ADOLECENTE

ALQUILER DEL LOCAL

 

   

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